14/05/2025
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia emitió este miércoles una resolución que inhabilita de manera permanente al expresidente Evo Morales para postularse nuevamente al cargo de Presidente del Estado Plurinacional. La decisión fue tomada por ocho de los nueve magistrados del alto tribunal, con un voto aclaratorio en la resolución.
La medida impide que Morales, quien ocupó la presidencia entre 2006 y 2019, pueda participar como candidato en futuras elecciones presidenciales.
Está determinación del TCP más el retiro de su candidatura a la Presidencia por el actual presidente Luis Arce Catacora deja a Andrónico Rodríguez como el único candidato de izquierda que está en carrera; habiendo sido el último de los tres en manifestar su decisión de participar en este proceso eleccionario.
Según la resolución, la Sala Plena del TCP declaró la aplicabilidad de los artículos 156, 168, 285.II y 288 de la Constitución Política del Estado (CPE), al considerarlos compatibles con el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Asimismo, ratificó la constitucionalidad del artículo 4.I de la Ley de Aplicación Normativa (Ley 381 de 21 de mayo de 2013), estableciendo que el Presidente y Vicepresidente están habilitados para una sola reelección continua. Según el fallo, la expresión “una sola vez” también implica la prohibición de un tercer mandato, sea este continuo o discontinuo.
El fallo también declara improcedente una acción de inconstitucionalidad abstracta contra varios artículos de la Ley de Aplicación Normativa y de la Ley del Régimen Electoral.
La decisión fue adoptada en una sesión extendida del Tribunal y será publicada oficialmente en la Gaceta Constitucional Plurinacional. La sentencia tiene implicaciones directas sobre el panorama político nacional, particularmente sobre el futuro político de Morales, quien había expresado su intención de volver a postularse en los próximos comicios.
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